Guía · 23 de agosto de 2026
Los estatutos laborales que se derogan el 1 de enero de 2027
El Título XXVI de la Ley 27.802 hace algo distinto del resto de la reforma: no sustituye artículos, deroga leyes enteras. Seis regímenes completos caen el 1° de enero de 2027, otros nueve ya están derogados desde marzo de 2026 y dos más se caen en 2028. Acá está la lista completa, con el título oficial de cada norma y el texto del artículo que la deroga.
Tres fechas, no una
Lo primero que hay que mirar de cada derogación es si trae fecha o no. El art. 217 de la ley lo resuelve en una línea: «Salvo disposición en contrario los artículos de la presente ley entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial». Entonces:
Ya rigen — 6/3/2026
Arts. 202, 203, 204, 206 a 211 y 216: derogaciones sin fecha propia. Están vigentes desde el día de la publicación.
1/1/2027
Arts. 197 a 201, 205, 212 y 213: los seis estatutos completos y dos decretos-leyes de 1946.
1/1/2028
Arts. 214 y 215: el financiamiento del INCAA (Ley 17.741) y dos incisos de la Ley 26.522. No son normas laborales.
Lo que se deroga el 1° de enero de 2027
| Art. | Norma | Título oficial | Qué se pierde |
|---|---|---|---|
| 197 | Ley 12.908 | Estatuto del Periodista Profesional | Tres indemnizaciones por despido, una de ellas de seis meses de sueldo sin equivalente en la LCT. |
| 198 | Ley 14.546 | Estatuto de trabajo del viajante de comercio | La indemnización por clientela: el 25% de lo que correspondería por un despido, cualquiera sea el motivo del cese. |
| 199 | Ley 27.555 | Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo | Desconexión digital, voluntariedad, reversibilidad, tareas de cuidado y compensación de gastos. |
| 200 | Ley 23.947 | Estatuto del Peluquero | Alcanza al personal en relación de dependencia de peluquerías, institutos de belleza, academias y escuelas. |
| 201 | Ley 23.472 | Fondo de Garantía de Créditos Laborales | Fondo integrado con aportes de los empleadores para garantizar créditos laborales. |
| 205 | Ley 12.867 | Estatuto de Choferes | Régimen de trabajo de los choferes particulares. |
Cada título es el que figura en la ficha oficial de InfoLEG, abierta norma por norma. No publicamos el nombre de una ley deducido de su número.
El viajante de comercio: el 25% que desaparece
El art. 198 dice, completo: «Derógase la ley 14.546 y sus modificatorias, a partir del 1º de enero de 2027.». Lo que se va con la Ley 14.546 es, sobre todo, el art. 14: la indemnización por clientela, equivalente al «veinticinco por ciento de lo que le hubiere correspondido en caso de despido intempestivo e injustificado», con más de un año de contrato y —esto es lo que casi nadie publica— cualquiera sea el motivo de la disolución. También si el viajante renuncia.
Pero no es lo único: con el estatuto se van la comisión indirecta del art. 6 (las ventas a clientes de su zona hechas sin su intervención se le pagan igual, y «la tasa o por ciento de la comisión indirecta será igual a la directa»), la aceptación tácita de la nota de venta a los 15 o 30 días (art. 5 inc. b), la conformidad expresa para cambiarlo de zona con garantía del mismo volumen de remuneraciones (art. 9), el libro especial del art. 10 con la carga de la prueba en cabeza del empleador (art. 11) y el día y medio de descanso por semana de gira (art. 13).
El periodista: los seis meses que no tienen equivalente
El art. 197 dice: «Derógase la ley 12.908 y sus modificatorias, a partir del 1º de enero de 2027.». El artículo que más pesa del Estatuto del Periodista es el 43, con la redacción que le dio la Ley 16.792 en 1965 —sesenta años sin cambios— y que paga tres indemnizaciones, no una: la antigüedad (un mes por año, nunca menos de dos meses, sin tope de convenio), la sustitutiva del preaviso (dos o cuatro meses según se superen o no los tres años de antigüedad) y una indemnización especial de seis meses de sueldo que se paga «haya o no mediado preaviso» y que la Ley de Contrato de Trabajo no tiene.
Con él se van además la jornada de 36 horas semanales con las extras al 100% (art. 34), las vacaciones contadas en días hábiles —15, 20 o 30 según la antigüedad (art. 35), cuando la LCT las cuenta en días corridos— y el período de prueba de 30 días del art. 25, contra los seis meses del art. 92 bis.
El teletrabajo: el caso con un detalle que casi nadie mira
El art. 199 deroga la Ley 27.555 desde el 1° de enero de 2027. Esa ley es la que trajo el derecho a la desconexión digital (art. 5: no ser contactado fuera de la jornada ni durante las licencias, sin poder ser sancionado por ejercerlo), la voluntariedad del pase a la modalidad remota (art. 7), la reversibilidad (art. 8), el derecho de quienes tienen a cargo el cuidado de menores de trece años, personas con discapacidad o adultas mayores a coordinar horarios e interrupciones (art. 6) y la obligación del empleador de proveer equipamiento y compensar gastos (art. 9).
El detalle: el art. 2 de la Ley 27.555 no creó una ley suelta, sino que incorporó a la Ley de Contrato de Trabajo un capítulo nuevo, con el art. 102 bis. Y la Ley 27.802 no menciona el art. 102 bis en ninguna parte de su texto. La derogación alcanza a la ley especial; qué queda del artículo ya incorporado a la LCT —que remite justamente a «una ley especial» que va a dejar de existir— es una discusión abierta que la norma no resuelve. Cualquier nota que diga que a partir del 1/1/2027 «no hay más regulación del teletrabajo», o que diga lo contrario, está afirmando más de lo que dice el texto.
Las derogaciones que ya rigen (y de las que casi no se habló)
Estas no esperan a 2027: no tienen fecha propia, así que están vigentes desde el 6 de marzo de 2026.
| Art. | Norma | Qué es | Detalle |
|---|---|---|---|
| 202 | Ley 23.759 | Licencia para votar en elecciones del país de origen | Daba cuatro días de licencia a trabajadores de países limítrofes para votar en su país. |
| 203 | Ley 24.493 | Mano de obra nacional | Reservaba el trabajo a argentinos y extranjeros habilitados, y ponía condiciones a la autorización laboral de residentes temporarios. |
| 204 | Ley 20.657 | Promoción comercial (régimen de supermercados) | Ya había sido derogada por el art. 12 del Decreto 70/2023: la Ley 27.802 la deroga por segunda vez. |
| 206 | Ley 26.727 | Régimen de Trabajo Agrario — arts. 13, 18 y 21 | Derogación parcial: tres artículos del régimen agrario, no la ley entera. |
| 207 | Ley 20.744 | Contrato de Trabajo — arts. 28, 54, 61, 113, 174, 175, 176, 216 y 275 | Nueve artículos de la LCT derogados de un saque. Entre ellos el art. 113, el de las propinas. |
| 208 | Ley 11.544 | Jornada de trabajo — art. 6° | Derogación parcial de la ley de jornada. |
| 209 | Ley 24.467 | Pequeña y mediana empresa — arts. 86 y 87 | Derogación parcial del régimen PyME. |
| 210 | Ley 12.713 | Trabajo a domicilio — art. 17 inc. c) | Derogación de un inciso. |
| 211 | Ley 14.250 | Convenciones colectivas de trabajo — arts. 10, 16 y 21 | Derogación parcial del régimen de convenios colectivos. |
El art. 207 es el que más lejos llega: deroga nueve artículos de la Ley de Contrato de Trabajo de una vez. Uno de ellos, el art. 113, era el de las propinas —y su derogación no dejó un vacío, sino una regla escrita al revés en el art. 104—. Lo contamos acá. Los otros ocho están sin auditar de nuestro lado: cuando los abramos, van a ser páginas propias.
Los arts. 212 y 213 derogan además, desde el 1/1/2027, los decretos-leyes 13.839/46 y 14.954/46 «y toda otra norma que se oponga o colisione con alguna de las disposiciones de la presente ley». Esos dos todavía no los abrimos: los nombramos por su número y nada más.
Qué conviene hacer con esto
- Si estás bajo uno de esos estatutos, mirá qué dice el convenio colectivo de tu actividad: a partir del 1/1/2027 pasa a ser la fuente principal de lo que el estatuto garantizaba por ley.
- Si tu vínculo termina cerca de fin de 2026, la fecha exacta del cese cambia la liquidación. Es el caso típico para consultar antes, no después.
- Si estás leyendo una nota sobre el tema, fijate en la fecha: casi todo lo publicado antes de marzo de 2026 habla de un proyecto, y buena parte de lo posterior repite ese encuadre.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se derogan los estatutos laborales?
Depende del artículo. La Ley 27.802 se publicó en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026 y su art. 217 dice que «salvo disposición en contrario los artículos de la presente ley entrarán en vigencia a partir de su publicación». Las derogaciones de los arts. 202 a 204, 206 a 211 y 216 no tienen fecha propia: rigen desde ese día. Las de los arts. 197 a 201, 205, 212 y 213 dicen «a partir del 1º de enero de 2027». Y los arts. 214 y 215 corren hasta el 1º de enero de 2028.
¿Es un proyecto o ya está aprobado?
Está sancionado y publicado. La Ley 27.802 de Modernización Laboral se publicó el 6 de marzo de 2026 y buena parte de sus derogaciones ya está en vigor. Muchas notas que circulan se escribieron cuando el texto tenía media sanción y todavía dicen «propone derogar»: conviene mirar la fecha de publicación de lo que se lee.
¿Qué pasa con el teletrabajo?
El art. 199 deroga la Ley 27.555 —el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo— a partir del 1/1/2027. Hay un detalle que casi no se publica: el art. 2 de esa ley había incorporado a la Ley de Contrato de Trabajo un capítulo nuevo con el art. 102 bis, y la Ley 27.802 no menciona el art. 102 bis en ninguna parte de su texto. O sea que la derogación alcanza a la ley especial, y qué queda del artículo ya incorporado a la LCT —que además remite a «una ley especial» que dejará de existir— es una discusión que la norma no resuelve.
¿Los convenios colectivos también se caen?
No. Lo que se deroga son leyes. Los convenios colectivos son otra fuente de derechos y siguen su propio régimen: a partir del 1/1/2027 pasan a ser mucho más importantes, porque lo que antes garantizaba el estatuto pasa a depender de lo que diga el convenio de la actividad y el contrato individual.
¿Y lo que ya se devengó antes de la derogación?
Cada indemnización nace cuando ocurre el hecho que la genera. La indemnización por clientela del viajante, por ejemplo, nace «en el caso de disolución del contrato individual de trabajo» (art. 14 de la Ley 14.546): si esa disolución ocurrió con la ley vigente, el derecho nació bajo ella. Cómo se resuelve cada caso concreto es materia judicial y no la decide una calculadora: por eso, si el cese cae cerca del 31 de diciembre de 2026, es exactamente el momento de consultar a un abogado laboralista.
¿Qué artículos de la Ley de Contrato de Trabajo se derogaron?
El art. 207 de la Ley 27.802 deroga los arts. 28, 54, 61, 113, 174, 175, 176, 216 y 275 de la LCT, sin fecha diferida: rigen derogados desde el 6 de marzo de 2026. El más conocido es el art. 113, el de las propinas, que se reemplazó por una regla escrita al revés en el art. 104.
Fuentes
- Ley 27.802 de Modernización Laboral — Título XXVI, arts. 197 a 218 (InfoLEG) — el texto de cada derogación y el art. 217 de vigencia.
- Las fichas oficiales de InfoLEG de cada norma derogada, enlazadas en las tablas de esta guía.
Guía informativa y orientativa: no reemplaza el asesoramiento de un abogado laboralista. Verificada contra el texto oficial el 23 de agosto de 2026.