Ajuste de alquiler por IPC: calculá tu próximo aumento
Poné el alquiler inicial, cuándo arrancó el contrato y cada cuánto se ajusta: te armamos el cronograma completo de aumentos con el IPC oficial del INDEC y te estimamos el que viene. Último dato cargado: abril de 2026 (2,6% mensual).
El primer mes en que pagaste el valor inicial.
Cómo se ajusta un alquiler por IPC
Desde el DNU 70/2023, índice y periodicidad de ajuste se pactan libremente: el nuevo artículo 1199 del Código Civil y Comercial dice que «las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres» y que «será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado». En la práctica, la mayoría de los contratos nuevos usa el IPC del INDEC cada 3 o 4 meses, o el ICL del BCRA.
Nuevo alquiler = alquiler vigente × (IPC del mes final ÷ IPC del mes inicial del período)
Ojo con un clásico: los porcentajes mensuales no se suman, se componen. Tres meses de 2% no son 6%, son 6,12%. Parece poco, pero en contratos largos la diferencia se acumula. La calculadora compone los índices oficiales mes a mes, que es la cuenta correcta.
El detalle operativo que genera más dudas es la demora de publicación: el INDEC publica el IPC de cada mes entre el 10 y el 15 del mes siguiente. Por eso algunos contratos toman los meses calendario completos anteriores al ajuste (la convención de esta calculadora) y otros, los últimos índices ya publicados al momento de ajustar. La letra del contrato manda — si tu número difiere del nuestro por un mes de corrimiento, probablemente sea eso.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula el ajuste de alquiler por IPC?
Se toma la variación acumulada del IPC entre los meses del período: nuevo alquiler = alquiler vigente × (índice IPC final ÷ índice IPC inicial). Por ejemplo, en un ajuste trimestral se aplica la inflación acumulada de los tres meses completos anteriores al mes del ajuste. No se suman los porcentajes mensuales: se multiplican los factores, que da un poco más.
¿Se usa el IPC mensual o el acumulado del período?
El acumulado del período completo entre ajuste y ajuste. Un error común es sumar las variaciones mensuales (2% + 2% + 2% = 6%): lo correcto es componerlas (1,02 × 1,02 × 1,02 = 6,12%). La calculadora lo hace bien automáticamente, usando los índices oficiales.
¿Mi contrato se ajusta por IPC o por ICL?
Lo dice tu contrato, en la cláusula de actualización del precio. En los contratos firmados desde 2024 las partes eligen libremente el índice y la periodicidad: los más comunes son el IPC (INDEC) trimestral o cuatrimestral y el ICL (BCRA). Esta calculadora es para contratos que ajustan por IPC.
¿Es legal ajustar el alquiler por IPC?
Sí. El DNU 70/2023 derogó la ley de alquileres 27.551 (art. 249) y reescribió el artículo 1199 del Código Civil y Comercial (art. 257): las partes pueden pactar el ajuste del alquiler usando cualquier índice, público o privado, en la moneda del contrato. La periodicidad también es libre: 3, 4, 6 o 12 meses son las más usadas.
¿Qué pasa con los contratos firmados antes de 2024?
Los contratos firmados bajo la ley 27.551 (entre julio de 2020 y diciembre de 2023) en general mantienen el esquema con el que se firmaron — ajuste anual por ICL — hasta que terminen, porque las nuevas reglas no se aplican retroactivamente a los contratos en curso. Si renovaste o firmaste de nuevo desde 2024, ya corre la libertad de pacto.
¿Por qué mi inmobiliaria usa el IPC 'con un mes de atraso'?
Porque el INDEC publica cada dato entre el 10 y el 15 del mes siguiente. Si tu ajuste rige desde julio, el IPC de junio recién sale a mitad de julio: muchos contratos toman entonces los últimos índices ya publicados al momento del ajuste, que corren un mes atrás. La diferencia se compensa en el ajuste siguiente; la letra del contrato define la convención exacta.
¿Puedo saber cuánto va a aumentar mi alquiler antes de que salga el dato?
Exacto no, porque falta publicar el IPC de los meses del período. La calculadora te lo estima proyectando la última inflación mensual conocida sobre los meses que faltan, marcándolo claramente como estimación. Cuando el INDEC publique los datos, volvé y tenés el número final.
¿El aumento se aplica automáticamente?
El derecho al ajuste nace del contrato, pero el número conviene verificarlo: calculalo acá con los índices oficiales y comparalo con el que te informa la inmobiliaria o el propietario. Si difiere, pedí que te muestren la cuenta y la convención usada (qué meses tomaron).
¿Se usa el IPC nacional o el de mi provincia?
Salvo que el contrato diga otra cosa, la referencia estándar es el IPC Nacional nivel general del INDEC, que es el que usa esta calculadora. El INDEC también publica aperturas regionales, pero es raro que un contrato las use.
¿Qué conviene pactar: IPC o ICL?
El IPC sigue a los precios; el ICL combina inflación y salarios, así que suele moverse algo más suave cuando los sueldos pierden contra los precios. Para el inquilino, un índice que suba menos es mejor; para el propietario, al revés. Lo importante es entender qué firmás: con esta calculadora ves exactamente cómo evoluciona un contrato atado al IPC.
Fuentes oficiales
- • INDEC — IPC Nacional, nivel general (API oficial de series de tiempo)
- • DNU 70/2023 — arts. 249 y 257 (alquileres: libre pacto del índice de ajuste)
- • Código Civil y Comercial, art. 1199 (texto según DNU 70/2023)
Última verificación: 12 de junio de 2026. ¿El alquiler te come el sueldo? Chequeá si tu sueldo le gana a la inflación y cuánto rinde tu plata en un plazo fijo.