Salario mínimo de septiembre de 2026: $ 383.800 por mes y $ 1.919 por hora
Ese número es el de la jornada legal completa. Quien trabaja menos horas no cobra eso: cobra la proporción, y es la mitad de la respuesta que casi nunca se publica. Acá está el monto que te corresponde según tus horas, la escala mes a mes hasta abril de 2027 —el laudo la dejó fijada de una vez— y los siete números del derecho laboral que se mueven cuando se mueve el salario mínimo.
Cuánto te corresponde a vos
Elegí el mes y cargá tus horas semanales. Si además ponés tu sueldo bruto, la calculadora te dice cuánto te falta —o te sobra— para llegar al piso legal de esa jornada.
Los meses marcados «ya fijado» son los que el laudo dejó publicados de antemano.
48 es la jornada legal completa. Menos que eso, el piso baja en la misma proporción.
Para comparar contra el piso. En blanco, no se compara nada.
Salario mínimo de septiembre de 2026
$ 383.800
Monto mensual para el trabajador mensualizado de jornada legal completa.
Valor de la hora
$ 1.919
El importe por hora del trabajador jornalizado no se prorratea: vale lo mismo trabajes las horas que trabajes. Tus 48 horas semanales son 200 horas mensuales, que a ese valor dan $ 383.800 — el mismo piso, por la otra vía.
El salario mínimo es un piso absoluto, no un sueldo de referencia: si tu actividad tiene convenio colectivo, el piso que te corresponde es el básico de tu categoría, que es más alto. El SMVM sólo manda cuando no hay convenio o cuando la escala del convenio quedó por debajo.
Es un monto en dinero y excluye las asignaciones familiares: el artículo 118 de la LCT dice que esos subsidios «son independientes del derecho a la percepción del salario mínimo vital», y la resolución lo repite en su artículo 1º.
Los montos salen de la escala publicada en el Boletín Oficial, no de una estimación. El salario mínimo es un importe bruto: sobre él se aplican los aportes de ley.
La escala completa, mes a mes, hasta abril de 2027
El 28 de agosto de 2026 el Consejo del Salario se reunió y no hubo acuerdo. El artículo 137 de la Ley 24.013 obliga entonces a laudar, y el laudo —la Resolución 4/2026— no fijó el salario mínimo de septiembre: fijó el de los ocho meses siguientes. Estos montos ya están publicados en el Boletín Oficial.
| Desde | Mensual | Por hora | Media jornada | Variación |
|---|---|---|---|---|
| julio de 2026 | $ 372.400 | $ 1.862 | $ 186.200 | +1,3% |
| agosto de 2026 | $ 376.600 | $ 1.883 | $ 188.300 | +1,1% |
| septiembre de 2026vigente | $ 383.800 | $ 1.919 | $ 191.900 | +1,9% |
| octubre de 2026 | $ 391.200 | $ 1.956 | $ 195.600 | +1,9% |
| noviembre de 2026 | $ 398.800 | $ 1.994 | $ 199.400 | +1,9% |
| diciembre de 2026 | $ 406.400 | $ 2.032 | $ 203.200 | +1,9% |
| enero de 2027 | $ 414.200 | $ 2.071 | $ 207.100 | +1,9% |
| febrero de 2027 | $ 422.000 | $ 2.110 | $ 211.000 | +1,9% |
| marzo de 2027 | $ 429.600 | $ 2.148 | $ 214.800 | +1,8% |
| abril de 2027 | $ 437.000 | $ 2.185 | $ 218.500 | +1,7% |
El importe por hora es exactamente el mensual dividido 200: esa es la cantidad de horas mensuales que la resolución le asigna a la jornada legal completa, y cierra al peso en los 18 meses de la escala. 2027-04 es el último mes con norma: después hace falta una resolución nueva y acá no se proyecta ningún monto.
Las siete cosas que el salario mínimo determina
El salario mínimo casi no se usa como sueldo: se usa como unidad de medida. De él cuelgan siete números del derecho laboral y previsional argentino, y cada vez que se mueve, se mueven todos. Estos son los valores con el salario mínimo de septiembre de 2026.
| Qué | Regla | En septiembre de 2026 | Norma |
|---|---|---|---|
| Piso de la prestación por desempleo | 50% del SMVM vigente | $ 191.900 | art. 2 Res. CNEPySMVM 4/2026 |
| Techo de la prestación por desempleo | 100% del SMVM vigente | $ 383.800 | art. 2 Res. CNEPySMVM 4/2026 |
| Parte del sueldo que no se puede embargar | un SMVM entero es inembargable; sobre el excedente se embarga el 10% o el 20% | $ 383.800 | art. 120 LCT · art. 1º Dec. 484/87 |
| Escalón del embargo, donde el 10% pasa a 20% | el doble del SMVM | $ 767.600 | art. 1º inc. 2 Dec. 484/87 |
| Tope de ingresos compatible con la pensión no contributiva | dos SMVM de ingresos por trabajo | $ 767.600 | art. 7 Ley 27.793 |
| Multas por prácticas desleales e infracciones laborales | se gradúan como porcentaje del SMVM vigente al momento de la constatación | según la infracción | Anexo II Ley 25.212, art. 5º (texto Ley 26.941) |
| Garantía del haber jubilatorio del 82% | 82% del SMVM, para quien acredite 30 años de aportes | $ 314.716 | art. 125 bis Ley 24.241 |
Qué dice exactamente la ley
LCT, art. 116 — Concepto
«Salario mínimo vital, es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.»
LCT, art. 118 — Modalidades de su determinación
«El salario mínimo vital se expresará en montos mensuales, diarios u horarios. Los subsidios o asignaciones por carga de familia, son independientes del derecho a la percepción del salario mínimo vital que prevé este capítulo, y cuyo goce se garantizará en todos los casos al trabajador que se encuentre en las condiciones previstas en la ley que los ordene y reglamente.»
LCT, art. 119 — Prohibición de abonar salarios inferiores
«Por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo, salvo los que resulten de reducciones para aprendices o para trabajadores que cumplan jornadas de trabajo reducida, no impuesta por la calificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 200.»
Resolución 4/2026, art. 1º — el alcance y la proporción
«Fíjese para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley Nº 24.013 y modificatorias, de:»
…$ 383.800 «para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción».
Resolución 4/2026 — el considerando que la vuelve un laudo
«Que luego de un extenso intercambio de opiniones, no se logró alcanzar un acuerdo, en los términos de lo establecido en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias.»
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el salario mínimo en septiembre de 2026?
$ 383.800 por mes para el trabajador mensualizado que cumple la jornada legal completa, y $ 1.919 por hora para el jornalizado. Lo fijó el artículo 1º de la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, publicada en el Boletín Oficial el 2 de septiembre de 2026. Es un monto bruto y excluye las asignaciones familiares.
¿Hasta cuándo está fijado el salario mínimo?
Hasta abril de 2027, cuando será de $ 437.000. Es la diferencia menos contada de esta resolución: como el Consejo del Salario no llegó a un acuerdo en la reunión del 28 de agosto de 2026, la escala salió por laudo, y el laudo no fijó un mes sino ocho. Cada uno de esos montos ya está publicado en el Boletín Oficial y no depende de ninguna negociación futura.
Trabajo media jornada, ¿me tienen que pagar el salario mínimo completo?
No: te corresponde la proporción. La propia resolución dice que el monto es "para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo… con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198 [de la LCT], que lo percibirán en su debida proporción". Con la jornada legal de 48 horas semanales, quien trabaja la mitad tiene un piso de $ 191.900 en septiembre de 2026. Lo que no se prorratea es el valor por hora: la hora vale $ 1.919 sin importar cuántas trabajes.
¿El salario mínimo es en mano o en bruto?
En bruto. Es la remuneración antes de los aportes de ley (11% de jubilación, 3% de PAMI y 3% de obra social), así que el importe de bolsillo es menor. Tampoco incluye las asignaciones familiares: el artículo 118 de la LCT dice que esos subsidios «son independientes del derecho a la percepción del salario mínimo vital», y el artículo 1º de la resolución fija el monto «excluidas las asignaciones familiares».
¿Mi sueldo puede ser el salario mínimo si tengo convenio?
Puede, pero casi nunca es lo que corresponde. El salario mínimo es el piso absoluto de la economía: el que no puede bajarse por ninguna causa. Si tu actividad tiene convenio colectivo, el piso real es el básico de tu categoría en la escala del convenio, que en toda actividad registrada está por encima del mínimo. Cobrar el salario mínimo teniendo convenio suele ser señal de que la categoría está mal asignada o de que la escala del convenio quedó desactualizada.
¿Qué pasa si me pagan menos?
El artículo 119 de la LCT es terminante: «por ninguna causa podrán abonarse salarios inferiores a los que se fijen de conformidad al presente capítulo». Las únicas excepciones que el propio artículo admite son las reducciones para aprendices y para quienes cumplen jornada reducida no impuesta por la calificación, según el artículo 200. Pagar por debajo del mínimo es una infracción laboral, y las multas por infracciones se gradúan justamente como un porcentaje del salario mínimo vigente al momento de la constatación.
¿Se puede embargar el salario mínimo?
No, salvo por deudas alimentarias. El artículo 120 de la LCT lo declara inembargable «en la proporción que establezca la reglamentación, salvo por deudas alimentarias», y el Decreto 484/87 fija esa proporción: un salario mínimo entero es intocable, y sobre lo que excede ese piso se puede embargar el 10% —o el 20% cuando la remuneración supera el doble del mínimo—.
¿Desde qué edad se tiene derecho al salario mínimo?
El artículo 117 de la LCT dice, textualmente, que «todo trabajador mayor de dieciocho (18) años, tendrá derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo vital que se establezca». Es el texto vigente y conviene leerlo tal cual está escrito, porque la edad mínima de admisión al empleo es de 16 años: entre los 16 y los 18 el derecho al mínimo no surge de este artículo.
¿A quiénes alcanza?
Al Régimen de Contrato de Trabajo (Ley 20.744), al Régimen de Trabajo Agrario, a la Administración Pública Nacional y a todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleador. Es el alcance textual del artículo 1º de la resolución. Los regímenes con estatuto propio —casas particulares, por ejemplo— tienen su propia escala mínima, que se fija aparte.
¿El salario mínimo lo fija el Gobierno?
Lo fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, un organismo tripartito creado por la Ley 24.013 donde se sientan el Estado, las cámaras empresarias y las centrales sindicales. Cuando hay acuerdo, la escala sale del acuerdo. Cuando no lo hay —como el 28 de agosto de 2026—, el artículo 137 de esa misma ley obliga a la presidencia del Consejo a laudar, y la escala sale del laudo.
Fuentes
- Resolución 4/2026 — Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el SMVM — B.O. 2/9/2026 — laudo dictado al no haber acuerdo el 28/8/2026: fija el SMVM mes a mes de septiembre de 2026 a abril de 2027 (art. 1) y mantiene la fórmula de la prestación por desempleo (art. 2).
- Ley de Contrato de Trabajo, arts. 116 a 120 (texto actualizado) — Concepto del salario mínimo vital, alcance desde los 18 años, modalidades de determinación, prohibición de pagar menos e inembargabilidad.
- Ley 24.013, arts. 135 a 140 (texto actualizado) — Crea el Consejo del Salario, le da la atribución de fijar el SMVM y regula el laudo del art. 137 cuando no hay acuerdo.
- Resolución 9/2025 — Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el SMVM — B.O. 3/12/2025 — la escala anterior, de noviembre de 2025 a agosto de 2026.
Esta página es informativa y aplica normas publicadas en el Boletín Oficial e InfoLEG. El salario mínimo es un piso general: si tu actividad tiene convenio colectivo, el piso que te corresponde es el de tu categoría — mirá las escalas de convenio — y si querés ver el sueldo de bolsillo, usá la calculadora de sueldo neto. Consultada el 2026-09-02.