Guías · 25 de junio de 2026 · LCT 20.744 (arts. 150 y 155)
Cuánto se cobra de vacaciones: el plus vacacional explicado
Mucha gente nota que el mes que se toma vacaciones cobra un poco más, y no entiende por qué. No es un error ni un premio: la ley paga cada día de vacaciones más caro que un día normal. Acá está la razón, cuánto es el plus según tu antigüedad y la calculadora que lo resuelve por vos.
El plus, con números (sueldo de $ 1.000.000)
Con un sueldo de $ 1.000.000, un día de vacaciones vale $ 40.000 ($ 1.000.000 ÷ 25), contra $ 33.333 de un día normal ($ 1.000.000 ÷ 30). La diferencia de $ 6.667 por día es el plus. Sobre los 14 días del primer tramo, el plus suma $ 93.333.
Cuánto cobrás de vacaciones según tu antigüedad
Días de la escala del art. 150 y su retribución con un sueldo de $ 1.000.000. El plus es cuánto más cobrás respecto de pagar esos mismos días a valor de día normal. Montos en bruto (antes de aportes).
| Antigüedad | Días | Retribución | Plus vacacional |
|---|---|---|---|
| Hasta 5 años | 14 | $ 560.000 | $ 93.333 |
| Más de 5 y hasta 10 | 21 | $ 840.000 | $ 140.000 |
| Más de 10 y hasta 20 | 28 | $ 1.120.000 | $ 186.667 |
| Más de 20 años | 35 | $ 1.400.000 | $ 233.333 |
Calculado con el mismo motor que la calculadora del sitio: día de vacaciones = sueldo ÷ 25 (art. 155), día normal = sueldo ÷ 30. Reemplazá el sueldo por el tuyo en la calculadora.
Calculá tus vacaciones
Poné tu sueldo y tu fecha de ingreso: la calculadora te dice cuántos días te corresponden, cuánto cobrás y cuánto de eso es el plus vacacional.
Vacaciones no gozadas: el otro momento del plus
Cuando termina la relación laboral —por renuncia o despido— te pagan las vacaciones proporcionales que no llegaste a tomarte, también a valor sueldo ÷ 25 (art. 156 LCT). Entran en la liquidación final junto con el aguinaldo proporcional.
¿Te despidieron? Mirá cómo se calcula la indemnización por despido, donde las vacaciones proporcionales son uno de los conceptos que se suman.
Preguntas frecuentes
¿Por qué las vacaciones se pagan más que un día de trabajo normal?
Porque la ley manda dividir el sueldo mensual por 25 para sacar el valor del día de vacaciones (art. 155 inc. a LCT), mientras que un día normal se calcula sobre un mes de 30 días. Dividir por un número más chico da un valor por día más alto: alrededor de un 20% más. Esa diferencia es el «plus vacacional».
¿Qué es exactamente el plus vacacional?
Es la diferencia entre lo que cobrás por tus días de vacaciones (sueldo ÷ 25 por día) y lo que esos mismos días pagarían a valor de día normal (sueldo ÷ 30). No es un extra que se suma aparte: es la consecuencia de la fórmula legal de pago. En el recibo puede aparecer desglosado o ya incluido en el total de vacaciones.
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Según la antigüedad al 31 de diciembre (art. 150 LCT): 14 días corridos hasta 5 años, 21 días de 5 a 10, 28 días de 10 a 20 y 35 días con más de 20 años. Si entraste durante el año y no llegaste a la mitad de los días hábiles, cobrás 1 día por cada 20 trabajados (art. 153).
¿Las vacaciones tienen los mismos descuentos que el sueldo?
Sí: la retribución de vacaciones es remunerativa, así que sufre los aportes personales de ley (11% jubilación, 3% PAMI y 3% obra social). El plus vacacional ya está dentro de esa retribución; lo que mostramos en la tabla es el bruto antes de aportes.
¿Me pueden pagar las vacaciones en plata sin que me las tome?
No, salvo que termine la relación laboral. Las vacaciones son de goce obligatorio: el descanso no se puede reemplazar por dinero mientras seguís trabajando (art. 162 LCT). La única excepción es la liquidación final, donde se pagan las vacaciones proporcionales no gozadas.
Avisame cuando cambien los datos laborales
Escalas, aportes y reglas de liquidación se actualizan varias veces al año. Cuando cambie algo que afecta tu sueldo o tus vacaciones, te aviso. Sin spam.
Fuentes oficiales
Esta guía es informativa y orientativa. La escala y la fórmula son las vigentes en 2026; tu caso puntual puede tener particularidades de convenio. Ante una duda concreta, consultá con tu empleador, tu sindicato o un profesional.